Recesvinto, rey Visigodo desde 653 a 672
REINO DE TOLEDO
Nacimiento: Se
desconoce la fecha.
Fallecimiento: El
año 672 en Gérticos.
Padre: Chindasvinto
Reinado: Desde el año 653 al 672
El
linaje de su padre Chindasvinto venía ocupando el
Trono godo desde los tiempos de Chintila (636- 639), durante
cuyo reinado, había fortalecido su posición, con importantes entregas de
patrimonio fundiario; al tiempo que había creado en torno suyo una amplia
coalición de nobles. Chindasvinto continuó con esa política, aunque en proporciones
muchísimo mayores. Las purgas realizadas en el seno de la nobleza incrementaron
el patrimonio familiar y el de la Corona, convirtieron a la mayor parte de la
nobleza en “fieles al rey”. Aunque en Tarraconense y Septimania subsistieron
sectores, dentro de la nobleza, más o menos reticentes a esa situación.
Es
posible que, por la parte materna, Recesvinto también perteneciera a otro importante
linaje nobiliario godo, al cual pertenecería su esposa Riciberga, ya que
utilizaba el mismo formato onomástico. La utilización por parte de Recesvinto
de una base antroponímica propia de la familia materna, y no de la paterna,
sería un indicio de la importancia de aquélla.
A causa
de su avanzada edad, Chindasvinto, una vez asentada su posición, asoció al
trono a su hijo Recesvinto el 20 de enero del año 649. Sin embargo, el 30 de
septiembre del 653 cuando se produce la muerte de su nonagenario padre,
Recesvinto, ya en solitario, tuvo que enfrentarse a las nefastas consecuencias emanadas
de la política de su predecesor, que al fortalecer la posición de su familia
había hecho, otro tanto, con la de los nobles aliados, al tiempo que, crecía el
odio de los que no pertenecían a ese círculo. Una consecuencia de lo cual sería
la rebelión acaudillada por Froya, duque de la Tarraconense, en el valle
del Ebro y Navarra. La cual constituyó un fracaso del rebelde ante Zaragoza, ciudad
que resistió un duro asedio de varios meses.
A pesar
del fracaso de dicha rebelión de Froya, está constituyó un serio aviso,
que exigió de Recesvinto importantes concesiones a favor de los nobles y la
jerarquía eclesiástica que le habían ayudado a superar el trance. Esas
concesiones se vieron refrendadas en el Concilio VIII de Toledo, reunido
en diciembre de 653, bajo la presidencia del obispo toledano Eugenio II,
un importante detractor de la crueldad política de Chindasvinto; donde, nobles
y obispos, impusieron bastantes condiciones al monarca, frustrando así
cualquier intento de crear un poder real fuerte que no necesitase del apoyo de
sus nobles fideles. Se limitó la utilización del perdón real a
favor de nobles ajenos a la facción dominante; exigieron una clara distinción
entre los bienes de la Corona, del fisco estatal, y de aquellos específicos de
Recesvinto y su familia. Esto constituía una dura crítica a la política de
confiscaciones realizada por Chindasvinto, pues se consideró que serían bienes
de la Corona. Nobles y obispos vinieron a recodar que la sucesión al Trono
debía hacerse mediante elección por los magnates y los obispos.
Si
Recesvinto quería resarcirse de las pérdidas económicas impuestas por el
concilio no le quedaba más remedio que mirar hacia los judíos. La legislación
sobre esta cuestión sería especialmente severa, tratando, por vez primera, de
terminar con las prácticas y ritos sociales judaicos. El Concilio VIII de
Toledo había terminado en un verdadero fiasco para el monarca, y como
consecuencia, los concilios celebrados, con posterioridad, fueron reuniones
exclusivamente eclesiásticas, y de naturaleza provincial, salvo el X de
Toledo celebrado el 656.
Pero,
el hecho más trascendente, históricamente hablando, del reinado de Recesvinto
fue la promulgación el año 654 de un nuevo cuerpo legal de uso exclusivo para
el reino godo. En el futuro el llamado “Libro de los jueces” o “de
los juicios” será la más clara herencia política e institucional del
reino godo en la historia de España, ya que estará vigente, como Ley
supletoria, hasta el siglo XIX. El nuevo código recogía leyes “antiguas”,
provenientes en su mayoría del Código de Leovigildo, algunas de Recaredo I (586-601) y Sisebuto (612-621) y, leyes “nuevas”
de Chindasvinto y del propio Recesvinto; aunque bastantes de estas sustituían,
sin grandes cambios, a otras anteriores del Breviario de Alarico
II (506).
El
nuevo código había comenzado a prepararse durante el reinado de Chindasvinto, siendo
su última etapa confiada al obispo Braulio de Zaragoza, que era, en
ese momento, la figura eclesiástica más respetada y de confianza de ambos
monarcas. Las cerca de ochenta y siete leyes promulgadas por Recesvinto
muestran un claro giro de su política con respecto de la paterna. Así su
legislación refleja la división de la sociedad entre nobles y simples libres,
además de los esclavos y libertos. Y, aunque alguna ley trató de contrarrestar
el enorme poder de los nobles, su legislación no puede considerarse
antinobiliaria. La posición de privilegio de la nobleza quedó reconocida en el
derecho procesal, limitándose las diferencias con el círculo más restringido de
los dignatarios palatinos. Se aumentaron las funciones e influjo del episcopado
en la administración. El nuevo código recogía bastante de la formulación que restringía
la función y poderes del rey, ya establecida en el Concilio VIII de Toledo.
Se
desconoce casi todo lo referente a los últimos años de reinado de Recesvinto.
Es posible que se realizase alguna expedición militar contra los vascones o a
la Cordillera cantábrica, que eran reacias a reconocer tributariamente la
soberanía del Reino de Toledo. Así mismo, parece probable, que la situación
sociopolítica del Estado se deteriorara desfavorablemente para el poder del soberano.
Los conciliares del XI de Toledo de 675 aluden a la existencia de una
verdadera confusión en los años correspondientes a los últimos del reinado de
Recesvinto. Sin embargo, éste lograría morir en paz en su finca de Gerticos, en
el valle del Jerte sobre la calzada que unía Toledo con Salamanca, el 1 de
septiembre del año 672. En el lecho de muerte se vería rodeado por los altos
dignatarios del reino, destacando los poderosos duques de las seis provincias
del reino, reunidos para decidir sobre la inmediata sucesión del monarca.
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