El Libre del Repartiment del Reino de Valencia


El papel llega a al-Andalus, vía Túnez, en la segunda mitad del siglo X o a comienzos del siglo XI, siglo y medio después Xàtiva se había transformado en un gran centro de producción de papel y, su fama se extendía, más allá de las tierras valencianas, El único signo externo que le diferencia del papel fabricado en el resto de la península, era que, no estaba marcado con filigranas. Generalmente las fibras eran de lino, procedentes de ropas viejas, restos de cuerdas, etc. pero jamás de algodón.

            De aquí saldría, justamente, el más antiguo documento histórico del futuro Reino cristiano de Valencia, el Llibre del Repartiment, que en la actualidad se conserva en el Archivo de la Corona de Aragón de Barcelona. Si exceptuamos la hoja de papel del Pacte de Cazorla, de 1179, se trata del documento de papel más antiguo que se guarda en dicho Archivo.


El Llibre del Repartiment está compuesto por tres manuscritos fechados entre los años 1237 y 1252. La letra corresponde al tipo corriente de minúscula que se usaba en la Cancillería Real de la época, y que deriva de la letra carolina, introducida por Cataluña en tiempos de Alfonso II el Casto, está escrito, íntegramente, en el latín común de la época, aunque presenta algunos elementos en romance.

            Los autores, porque fueron varios, formaban parte de la nómina de escribanos y notarios de la Cancillería de Jaime I, de dicha nómina formaban parte tres catalanes: Berenguer de Palou, obispo de Barcelona; Andreu d’Albalat, obispo de Valencia, y Guillem de Montcada, obispo de Lérida. Es muy probable que algún escribano o notario aragonés interviniera en la redacción del Llibre del Repartiment. Pero los candidatos más probables como, autores del mismo son tres: Guillem, escribano; Guillemó, escribano y Pere Sanç o Sánchez, catalanes los dos primeros y aragonés el tercero.

            La medida de las hojas que componen el Llibre del Repartiment, es de 305 milímetros de alto, por 140 de ancho, y están plegadas por la mitad, formando páginas de 305 por 205.

            Los tres volúmenes presentan señas de un frecuente uso y, a pesar de los intentos de restauración, su estado es ruinoso.


El hecho de que se guarde en Barcelona y no en Valencia, se debe a que los sucesores de Jaime I, especialmente Jaime II y Pedro IV, concentraron en su palacio barcelonés, toda la documentación que se encontraba dispersa por sus dominios.

            El crecimiento del espíritu particularista de valencianos y aragoneses, a lo largo del siglo XV, junto a la paralela perdida de hegemonía de Cataluña, dentro de la Corona de Aragón, acentuada por la llegada al trono de los Trastámara, dará lugar a que Alfonso V el Magnánimo y Juan II, creen los archivos reales de Valencia en 1419 y de Aragón en 1461, aunque las descentralización no comportará el traslado de la documentaciones valencianas y aragonesas, por lo que el Llibre del Repartiment, no se ha movido de donde lo mandó guardar Jaime I.

            El contenido del Llibre del Repartiment, es el documento base, el arranque preciso de casi todas las historias particulares de familias, de pueblos, y aún de todo el Reino de Valencia, y, sobre todo, es el monumento histórico que enlaza las dos grandes civilizaciones, la musulmana y la cristiana.

            El rey Jaime I, comenzó a expedir cartas reales con promesas de donación de propiedades y casas en Valencia y alrededores que, por entonces, se proponía conquistar. De tales donaciones, se hubo de tomar buena nota en las oficinas del rey. Las cartas originales se entregarían a los interesados. Esta aglomeración de notas, es la que vino a formar el Repartimiento. Se puede observar que hay donaciones anteriores a la conquista de la ciudad. Algunas de estas donaciones son condicionales, e incluso muchas de ellas corresponden a deudas del rey, y no por razón de la conquista. También constan revocaciones por falta de cumplimiento de obligaciones impuestas.

            No se trataba aquí, a diferencia de lo ocurrido en otros territorios de la Península, de atraer gentes para, hacerles entrega de extensas zonas devastadas o yermas, en las que aquellos debían instalarse, construyendo fortalezas y viviendas, poniendo de nuevo las tierras en cultivo, sino asentar las nuevas poblaciones en lugares, casi siempre, dejados intactos por los vencidos. La consecuencia será la instalación de determinadas personas, en determinados lugares o tierras. Un repartimiento realizado como actuación oficial del poder público. No cabe aquí la repoblación privada de otros territorios de la reconquista medieval.

            La repoblación alcanzó a los principales núcleos urbanos. Ya que, desde un principio fue interés del monarca que, las ciudades y villas más importantes del nuevo reino, no salieran de sus manos. Los dominios, villas, alquerías y centros rurales, aunque extendidos por doquier, predominaban en la zona lindante con Aragón, de donde procedían, mayoritariamente, los señores. Tanto el soberano como los señores, repoblarían por su cuenta, con finalidades económicas.

En el dualismo que representa la permanencia de la población musulmana, y el asentamiento de nuevos pobladores cristianos, tendió a que estos últimos, ocuparan los núcleos urbanos, en cuyo caso, la población mora se replegaba a un arrabal.

            Pero además de la repoblación de antiguas localidades, ya existentes y habitadas en época musulmana, se fundaron nuevas villas o alquerías. Estas fundaciones de nueva planta, tan numerosas en Cataluña, constituyen aquí casos excepcionales: Villahermosa en 1243, Villarreal, al final del reinado de Jaime I, Alquerías de Alcudia, Forcall. En Villarreal, nacida por impuesto del rey, el interés por poblarla es tal que, se llama a la población mora de pueblos limítrofes con Murcia, como Castalla o Biar.


El origen jurídico de las donaciones y repartos en los dominios reales, parte de los acuerdos de las Cortes preparatorias de las campañas valencianas, sobre todo en las de Monzón de 1236, en las que el rey prometió repartir la tierra conquistada a los prelados, clérigos y caballeros, que fueran con él en la expedición. La forma de hacerlo consistía, por lo común, en el encargo hecho por el monarca, a una comisión de repartidores, al Baile local, o a un lugarteniente, para que dividieran las casas o las tierras de una ciudad o villa determinada, siendo esta labor aprobada por el monarca.

            Estas se formalizaban por las correspondientes escrituras que, se entregaban a los interesados, al tiempo que, se registraban en unos libros, donde se anotaban todos los datos. Estos libros son los que darán lugar al Repartiment, que abarca las de la ciudad de Valencia y varias otras ciudades, hasta el año 1252. A partir de este año serán consignadas en los registros de la Cancillería Regia.


Fuentes recogidos de diversas publicaciones y folletos
Imágenes recogidas de diversas publicaciones y folletos
Ramón  Martín

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